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Una por una, las prepagas que deben retrotraer precios a diciembre y devolver el dinero cobrado de más

Son siete y entre todas concentran el 75% de los afiliados

Através de la secretaría de Industria y Comercio, dependiente del ministerio de Economía, anunció que siete empresas de medicina prepaga son las que deberán retrotraer sus cuotas a diciembre de 2023, tendrán que ajustar los valores según la inflación y hasta tendrán que devolver dinero a sus afiliados.

De acuerdo a lo resuelto por el Gobierno, las empresas de medicina prepaga deberán recalcular los aumentos de las cuotas de sus planes en función de la variación del Indice de Precios al Consumidor (IPC) que mide el INDEC.

Las prepagas alcanzadas por la medida son OSDE, Galeno Argentina, Hospital Británico de Buenos Aires Asociación Civil, Hospital Alemán Asociación Civil, Medifé Asociación Civil, Swiss Medical y Omint. El Gobierno detalló además que las personas e instituciones investigadas por la Comisión Nacional de Defensa del Consumidor (CNDC) y alcanzadas por la medida cautelar, además de las empresas de medicina prepaga señaladas, son la Unión Argentina de Salud (UAS) y Claudio Belocopitt, "en su doble carácter de presidente de la firma Swiss Medical y de la UAS".

Las siete empresas concentran el 75% de los afiliados y la CNDC determinó, de forma preliminar, que "existen indicios sólidos de un acuerdo colusivo entre las empresas de medicina prepaga".

"Los efectos inmediatos de este supuesto accionar es el aumento cuasi uniforme en los precios de los planes", alertó la CNCD, que emitió un dictamen aconsejando al secretario de Industria y Comercio del ministerio de Economía la adopción de una medida cautelar, que faculta a esa Secretaría "imponer el cumplimiento de condiciones u ordenar el cese de conductas con el objetivo de evitar que se produzca un daño, o disminuir su magnitud, su continuación o agravamiento"

El dictamen sostiene que "siete empresas de medicina prepaga, la confederación que las agrupa y la persona que preside la misma", deben cumplir con los siguientes requerimientos:

- Por el plazo de seis meses, los valores de las cuotas de los planes de salud médico-asistenciales a ser cobradas no podrán superar al siguiente cálculo: la cuota del plan de salud médico asistencial de diciembre de 2023 multiplicada por 1 + la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el INDEC vigente al momento de la facturación correspondiente.

- Cesar con cualquier tipo de intercambio de información, ya sea en el marco de las reuniones de la Confederación Unión Argentina de Salud (UAS) o cualquier otro ámbito, que implique precios, servicios a proveer, costos y cualquier otra información comercial.

- La medida preventiva ordena además a las compañías de medicina prepaga a presentar información a la CNDC sobre precios nominales de cada plan de salud ofrecido, ingresos obtenidos por cada plan de salud y cantidad de afiliados en cada uno de los planes.

La investigación en curso se realizó a partir de una denuncia por parte de legisladores de la Coalición Cívica por cartelización en los términos de la Ley de Defensa de la Competencia, en virtud del aumento coordinado de los precios de los planes de medicina prepaga de las empresas detalladas, desde la entrada en vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023.


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